La Directiva de la Unión Europea sobre información pública país por país (CbCR) busca hacer visibles para los inversores, los reguladores y el público los lugares donde las multinacionales desarrollan sus actividades y pagan impuestos. Para ello, exige a las grandes multinacionales publicar datos por jurisdicción sobre ingresos, beneficios, impuestos y empleados. Este informe analiza si la Directiva alcanza su objetivo. Examinamos tres cuestiones: ¿aporta el régimen nueva información pública?, ¿hasta qué punto son completas las divulgaciones?, y ¿qué proporción de la actividad multinacional permite visibilizar su diseño geográfico?
Rumanía fue el primer Estado miembro en transponer la Directiva, con normas aplicables a partir del ejercicio financiero de 2023. Por tanto, los informes presentados en Rumanía constituyen las primeras divulgaciones obligatorias bajo un marco que pronto se aplicará en los 27 Estados miembros y proporcionan las primeras pruebas empíricas sobre cómo responden las multinacionales a la Directiva.
Construimos la primera base de datos integral de informes públicos CbCR: 144 multinacionales con sede en 24 países, que abarcan los ejercicios financieros de 2023 y 2024, con un total de 164 informes. Actualmente no existe un repositorio centralizado, y los datos requieren búsquedas multilingües en los sitios web de las empresas, seguidas de la extracción de información de archivos PDF heterogéneos. Cada informe fue analizado íntegramente y clasificado según su alcance geográfico, la exhaustividad de las variables divulgadas y las razones proporcionadas por las empresas para justificar la información incompleta.
Se desprenden tres conclusiones principales. En primer lugar, en cuanto a cobertura y valor añadido: la Directiva sí aporta nueva información pública, ya que la mayoría de las multinacionales que ahora publican informes no tenían antecedentes de divulgación voluntaria. Sin embargo, la cobertura sigue estando por debajo del alcance teórico de la Directiva: solo el 20 % de las 569 multinacionales no pertenecientes a la UE que se estima que están sujetas a la norma han publicado un informe.
En segundo lugar, sobre la calidad de la información divulgada: el 38 % de los informes son incompletos, y con mayor frecuencia se limitan únicamente a Rumanía (entre ellos, los de Apple, Nestlé y Procter & Gamble). Las principales causas son la falta de cooperación de las empresas matrices y el uso de las cláusulas de salvaguardia.
En tercer lugar, sobre el alcance geográfico: el diseño de la Directiva deja una gran parte de la actividad multinacional fuera de la divulgación país por país. Se exige información separada para los Estados miembros de la UE y las jurisdicciones incluidas en la lista europea de jurisdicciones no cooperativas. La actividad en otras jurisdicciones puede agruparse en una categoría residual denominada «Otros», que representa el 71 % de los beneficios y el 74 % de los ingresos en los datos rumanos. Dado que los primeros declarantes son predominantemente multinacionales con sede fuera de la UE, esta categoría residual funciona en gran medida como un indicador de la actividad en la jurisdicción de la empresa matriz. La lista de jurisdicciones no cooperativas, que constituye la principal garantía de transparencia de la Directiva, tiene una cobertura limitada y sus criterios cualitativos de cumplimiento solo coinciden parcialmente con la geografía actual de la transferencia de beneficios.
Algunas de estas deficiencias son transitorias, mientras que otras son estructurales y requieren reformas legislativas. La revisión de la Comisión debería priorizar tres cambios. Primero, ampliar la divulgación en dos dimensiones: geográficamente, exigir información separada para más jurisdicciones, especialmente el país de origen de la empresa matriz última; y, en cuanto a variables, añadir elementos como los activos tangibles y la división entre ingresos procedentes de partes relacionadas y no relacionadas. Segundo, abordar la falta de cooperación de las empresas matrices, que actualmente reduce muchos informes de filiales a una divulgación limitada únicamente a Rumanía. Tercero, establecer un repositorio centralizado de informes.